LA FLOTA PESQUERA EUROPEA, REGULADA POR LAS MISMAS NORMAS DENTRO O FUERA DE LAS AGUAS COMUNITARIAS

| 12 diciembre 2017 | Responder

El Parlamento Europeo ha aprobado esta mañana el reglamento que regula las actividades de los barcos europeos que pescan fuera de las aguas comunitarias. La norma, que se debatió ayer por la tarde en el pleno de esta institución implica que todos los barcos europeos estarán sujetos a las mismas normas de sostenibilidad y control, pesquen dentro o fuera de las aguas comunitarias. Este principio favorece a los barcos más cumplidores como por ejemplo la flota vasca que opera en el índico. 

A mi me ha tocado en este informe representar a mi grupo en las negociaciones  interinstitucionales y en la tramitación del informe sobre “gestión sostenible de las flotas exteriores” en el Parlamento. La nueva norma es decisiva para mejorar la sostenibilidad y transparencia de las actividades e la flota de la Unión Europea fuera de nuestras aguas. Su aprobación es consecuencia directa de la introducción, en la última reforma de la PPC, de un capítulo destinado a la dimensión exterior. Su objetivo, garantizar que las actividades pesqueras de la industria europea se rijan por las mismas normas dentro y fuera de la Unión. Actualmente esta flota exterior está formada por más de 700 buques comunitarios, que aportan una cuarta parte de las capturas comunitarias.

Con este reglamento se  aclaran las lagunas existentes en la normativa, la división de tareas entre estados y Comisión y también va a contribuir a un control más eficiente y transparente de las actividades pesqueras. De acuerdo con  los objetivos de la PPC  la nueva norma  contribuirá a mejorar la sostenibilidad y la reputación de la UE en esta materia y a potenciar los valores comunitarios en todo el mundo en contra de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.

Entre las novedades que aporta el nuevo reglamento se cuentan la inclusión de todos los barcos de la UE que pescan fuera de nuestras aguas en el ámbito de aplicación esta norma, sea cual sea su tipo de autorización. Así se incluyen expresamente las autorizaciones privadas y los acuerdos de fletamiento. Se establecen además criterios comunes de elegibilidad para obtener licencias y reglas más estrictas contra el cambio de abanderamiento.  Habrá más transparencia pública sobre las actividades pesqueras de cada buque y más competencias para que la Comisión intervenga en los procesos de concesión o retirada de autorizaciones de pesca cuando los estados no cumplan el presente reglamento.

Finalmente este acuerdo obliga a mejorar el Reglamento de Control, que se va a revisar en el primer trimestre del próximo año. El vigente propicia que no todos los estados ejerzan el mismo tipo de control sobre sus propios buques. De hecho si hubiesemos aceptado la enmienda que abogaba por ese registro hubiésemos perjudicado a los buques y los estados más cumplidores. Debemos reconocer que tras recibir una denuncia de la Comisión España extremó el cello en estas tareas y es ahora una de las flotas más fiables en cuanto cuplimiento de la normative. Sin embargo el vigente reglamento de control no garantiza ni una vigilancia ni sanciones homologables. Hasta que no se den esas condiciones un registro de infracciones graves significa penalizar por partida doble precisamente a los más cumplidores. Por eso esta propuesta no ha podido incorporarse al acuerdo y ayer  anuncié mi voto contrario a la enmienda que planteaba la puesta en marcha de ese registro.

 

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