ALSASUA…UNA MAS

Esta semana en Timor desde más de 12.000 kilómetros de distancia sigo como puedo los acontecimientos que se van sucediendo por Europa. Entre los que me llaman poderosamente la atención está la advertencia Europea a Polonia para que no apruebe una reforma legal que permitiría al presidente del país cesar a magistrados del supremo polaco y colocar otros a su antojo. La reforma es efectivamente incompatible con los valores de la UE, pero sin leyes como esa hay otros estados como el español que acreditan día tras día que la justicia está hecha un verdadero desastre por sus graves problemas de politización.

Ya nos hemos ocupado aquí muchas veces de este problema que tuvo para mi uno de sus casos más paradigmáticos con el impresentable episodio conocido como “caso Atutxa” que acaba de zanjar el Tribunal de Estrasburgo con un nuevo y rotundo “tirón de orejas” a unos jueces, que no acaban de entender que retorcer el derecho, que ignorar principios elementales del mismo a veces, solo a veces es verdad, se zanja con este tipo de reconvenciones que alivian a las víctimas de los desafueros pero no significan otro castigo que el de la pública vergüenza (si la tuvieran) para los autores de estas tropelías judiciales. La trayectoria de algunos ilustres magistrados españoles acredita que estas rotundas descalificaciones que reciben a nivel europeo no solo no provocan “dolor de los pecados” o dan origen a “un acto de contrición”, porque siguen haciendo lo mismo. Quizá porque no cumplen penitencia alguna.

Por eso me gustaría que la Comisión Europea lanzase una mirada un poco más intensa a lo que ocurre en estados como España en los que con una ley sobre el funcionamiento del poder judicial mejorable pero teóricamente en parámetros europeos, se suceden acontecimientos bochornosos en el ámbito de la justicia. A mí me parece escandaloso que las manifestaciones de Rajoy para conseguir un juez a medida para Bárcenas no fuesen a beneficio de inventario y acabasen concretándose y personificándose en los apellidos Espejel y López. A mí me parece impresentable la reacción del ministro de justicia sobre la sentencia europea en torno al caso Atutxa (que no haya un procedimiento contradictorio en un juicio es para él un asuntillo de procedimiento, no una vulneración radical de derechos fundamentales). Yo no entiendo como aberraciones como la doctrina Parot no han costado al menos una remoción de los jueces que, contra toda lógica jurídica mantuvieron aquella posición.

De hecho las instituciones comunitarias tienen ahora mismo en observación, las sentencias mediante que algunos jueces de la audiencia nacional se niegan a aplicar las decisiones marco que obligan a los estados miembros a reconocer las penas cumplidas por los mismos delitos en otros estados de la Unión. Algo que se activó después de una batería de iniciativas parlamentarias que presenté para alertar sobre esta actitud que nuevamente ignora y desprecia derechos fundamentales de personas concretas.

Por eso esta semana me he animado junto a mis colegas Josu Juaristi, Marina Albiol y Xabier Benito a llevar ante las instituciones comunitarias otra aberración: la incomprensible petición fiscal (más incomprensible aún si se lee el auto de acusación) que ha recaído sobre ocho jóvenes de Alsasua involucrados en una trifulca de madrugada en un bar de aquella localidad. Para empezar os dejo por aquí un artículo publicado en torno al tema por el ex juez Garzón, el inventor del concepto del “entorno” al que este auto le parece tan aberrante como a mí.

Pero es que leyendo además la definición oficial de terrorismo europea, las circunstancias que debe reunir un acto para ser considerado como tal y la doctrina que va emanando de varias decisiones marco comunitarias, el auto de acusación es insostenible. Por eso hemos presentado esta misma mañana una iniciativa parlamentaria en la que defendemos que la petición de 375 años de cárcel para los ocho jóvenes de esta localidad navarra tiene su origen en una incorrecta trasposición en España de la legislación europea que define el delito de terrorismo. Por estas razones solicitamos a la Comisión que revise este proceso de adaptación de las leyes estatales a las europeas y que contraste si lo ocurrido en este caso concuerda con las previsiones sobre proporcionalidad de las penas que se recogen en el artículo 49.3 de la Carta Europea de Derechos Fundamentales.

En la iniciativa se describe el procedimiento empleado por el fiscal para tratar de convertir lo sucedido en un delito de terrorismo. Así se recuerda que el escrito de acusación parte de la base de que los jóvenes agredieron a los agentes para reivindicar la sustitución en el País Vasco y Navarra de las fuerzas de seguridad estatal por otras de carácter autonómico. Como esa reivindicación, prevista en la legislación interna, era defendida también por ETA, organización inactiva y desarmada, les acusa de un delito de terrorismo. Quizá le con venga al se alado fiscal leerse dos leyes que debería conocer mejor si se interna en estos asuntos. Son dos leyes orgánicas refrendadas: el estatuto de Autonomía de Gernika y el Amejoramiento del fuero. Han dado origen a dos instituciones bastante notorias: la ertzaintza, un actualización de miñones, forales y mikeletes y la actual policía foral de Navarra emanación estatutaria de la creada en 1928 pero sin las funciones de policía judicial que ahora si asumen.

En nuestra opinión la construcción jurídica de este auto no encaja con las definiciones comunitarias de terrorismo que aparecen en varias directivas y decisiones marco europeas. Además es inconsecuente con la aplicación que en otros casos de agresiones contra policías se hace del código penal en el propio estado español.

Por estas razones queremos que Bruselas examine si la trasposición de las previsiones comunitarias sobre el tratamiento penal del terrorismo es correcta en España. La iniciativa insiste en que este tipo de arbitrariedades son incompatibles con las previsiones del artículo 49.3 de la Carta de Derechos Fundamentales” por lo que pedimos una opinión al respecto. Finalmente queremos saber qué planes tienen la Comisión y Eurojust para armonizar criterios en este campo.

Los medios estatales se han hecho eco del rechazo ciudadano a una petición fiscal jurídicamente insostenible.

Los medios estatales se han hecho eco del rechazo ciudadano a una petición fiscal jurídicamente insostenible.

 

Completamos así con esta iniciativa un plan desarrollado para recordar en Europa la grave vulneración de derechos fundamentales que afecta a estos jóvenes. Además de esta actividad hemos promovido varias actividades para subrayar que la aplicación de una reforma del código penal efectuada al calor de los atentados yihadistas está originando graves vulneraciones de derechos fundamentales en España. Organizamos una visita de los padres de los jóvenes afectados a Bruselas, donde mantuvieron encuentros con representantes de diversos grupos parlamentarios. Igualmente hemos enviado una carta explicando lo sucedido al presidente y los comisarios responsables de Estado de Derecho y Justicia y a los coordinadores que cada grupo parlamentario tiene en la comisión de libertades del Parlamento Europeo. Este documento consiguió medio centenar largo de firmas de apoyo de otros eurodiputados.

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